La medida es provisional mientras el juzgado decide de fondo sobre la acción de tutela interpuesta en contra del primer mandatario.
El tribunal le ordenó al presidente abstenerse de utilizar los recursos, bienes, canales, escenarios y plataformas vinculados a su investidura y al ejercicio de sus funciones, incluidas las alocuciones.
El Juzgado Veintinueve Laboral del Circuito de Medellín admitió una acción de tutela presentada por el ciudadano Juan Diego Ríos Rojas contra el presidente Gustavo Petro y, como medida provisional, ordenó al mandatario abstenerse de utilizar los recursos y escenarios propios de su investidura para intervenir en la campaña presidencial mientras se resuelve de fondo el proceso.
La determinación, firmada por la jueza Anny Carolina Goenaga Peláez, señala que Petro deberá abstenerse de emplear “recursos, bienes, canales, plataformas y escenarios vinculados al ejercicio de la Presidencia para difundir propaganda electoral o mensajes dirigidos a favorecer o desfavorecer, directa o indirectamente, a cualquiera de los candidatos que participan en la contienda».












