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Corte Constitucional avala la esencia de la reforma pensional de Petro, pero aún enfrenta cerca de 50 demandas

El expresidente celebró la decisión, pero todavía hay un trecho jurídico para el estudio de uno de sus pilares de gobierno.


En una decisión 7-1, la Corte Constitucional declaró exequible la gran mayoría de la reforma pensional de Gustavo Petro, y devolvió nueve artículos al Congreso para subsanar vicios de forma.
La decisión tuvo ponencia de la magistrada Paola Meneses y participaron los magistrados Lina María Escobar, Natalia Ángel Cabo, Carlos Camargo, Vladímir Fernández, Miguel Polo Rosero, Juan Carlos Cortés y el conjuez Pablo Márquez.

Los altos funcionarios del petrismo, comenzando por el expresidente, celebraron: “Se ha aprobado la mayor parte de la nueva ley de reforma pensional. De las tres reformas fundamentales de mi gobierno: laboral, pensional y de salud, solo queda la de salud. Un nuevo triunfo del gobierno del cambio y del pueblo trabajador”.


Pero esta decisión no es el punto final de la discusión alrededor de la reforma. Existen más demandas sobre la reforma pensional que seguramente abrirán el estudio del fondo del asunto.


Con el fallo de este martes, la Corte declaró exequibles 92 de 101 artículos y determinó que entrarán en vigencia el 1 de abril de 2027. Los artículos restantes, que son nueve, deben devolverse al Congreso para que surtan de nuevo el trámite allí.


Pero hay cerca de 50 demandas admitidas que deberán tramitarse solo a partir del 1 de abril de 2027, cuando la reforma entre en vigencia. Esta fue una de las conclusiones de la decisión que se dio esta semana. La mayoría de las demandas piden estudiar varios artículos por vicios materiales o de fondo que deberán ser revisados por la Corte.

“El alcance de la decisión se circunscribe a vicios de forma”, explica la exsecretaria de la Corte Constitucional, Martha Sáchica. Según ella, ahora vendrán las decisiones sobre demandas de fondo contra el contenido de algunos artículos de la ley.

El presidente de Asofondos, Andrés Velasco, dio una explicación similar. “Recordemos que el análisis de constitucionalidad que estaba haciendo la Corte Constitucional y sobre el cual se emitió un comunicado de un fallo en la noche de hoy, es la revisión de las demandas que existían por vicios de forma que se están analizando desde recién sancionada la reforma el 16 de julio del año 2024”, señaló Velasco.


“En realidad, es un vicio formal/material, puesto que consiste en la omisión del debate de proposiciones que modificaron unos artículos de la reforma, además de un artículo nuevo. El debate implica deliberación de fondo del contenido de las proposiciones, de modo que los artículos pueden mantenerse o modificarse”, agrega la jurista.

A eso se suma que existen dudas sobre lo que viene en el Congreso. En teoría, se tienen 30 días para subsanar esos nueve artículos. Juristas aseguran que si en estos 30 días la reforma se embolata, se podría abrir la tesis de que ese revés podría impactar a todo el articulado.

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