Alberto Donadio
Con la IA llegó a su fin el siniestro poder de funcionarios inicuos como Morelli.
Cuando fue contralora, Sandra Morelli presionaba a sus funcionarios diciéndoles: o imputan o me emputo. Gracias a la inteligencia artificial, hoy se puede medir la arbitrariedad de la exfuncionaria. Pregunté a ChatGPT si las decisiones de la contralora Morelli contra Carlos Palacino y SaludCoop fueron legales. La respuesta fue un no contundente. Suministré a ChatGPT los fallos de la Contraloría, en primera y segunda instancia, le pedí que los revisara y pregunté si se expidieron de conformidad con la Constitución, la ley, la jurisprudencia y la doctrina. La respuesta de la inteligencia artificial fue esta: “Tras revisar los documentos del proceso de responsabilidad fiscal adelantado por la Contraloría contra SaludCoop EPS, Carlos Gustavo Palacino y otros, se identifican varias irregularidades e inconsistencias relevantes que permiten concluir que el fallo de la Contraloría no se ajustó plenamente a la Constitución, la ley, la jurisprudencia ni los principios doctrinarios del derecho administrativo sancionador”.
También formulé esta pregunta: “¿Cómo se puede calificar la actuación de la doctora Sandra Morelli, contralora general de la república, en este caso, como funcionaria pública?”. Respuesta: “La actuación de la doctora Sandra Morelli Rico, en su condición de contralora general de la república durante el proceso de responsabilidad fiscal contra SaludCoop EPS OC y Carlos Gustavo Palacino, puede ser jurídicamente calificada como irregular y cuestionable en varios aspectos, desde el punto de vista del cumplimiento de los deberes constitucionales, legales y administrativos que rigen la función pública, especialmente cuando se analizan los principios de legalidad, imparcialidad, motivación, debido proceso, y responsabilidad fiscal objetiva”. Continúa diciendo la inteligencia artificial: “El proceso fue abierto como reacción a denuncias mediáticas y políticas (Daniel Coronell, Jorge Robledo), y no como resultado de una auditoría regular o un hallazgo contable documentado”.
Hay más: “Durante la administración de la Dra. Morelli se negaron o ignoraron pruebas solicitadas por la defensa sin motivación técnica, no se valoraron adecuadamente los argumentos contables, jurídicos ni constitucionales presentados por los implicados y se profirió un fallo con base en presunciones generales y no en pruebas directas del supuesto detrimento”.
La contralora cuestionó la compra de clínicas por parte de SaludCoop, pero no aportó las escrituras públicas que probaran esas inversiones. Adicionalmente: “Como contralora general, la Dra. Morelli fue responsable de prescribir los métodos de rendición de cuentas (Art. 268 C. P.). Tenía el deber de garantizar que las actuaciones de la entidad se ajustaran a la ley, la doctrina contable y la jurisprudencia. No consta en el expediente que hubiera ordenado una verificación independiente, técnica y externa del caso, más allá de los informes internos que asumieron la hipótesis del desvío como cierta desde el inicio”.