Como cada año, el Gobierno nacional anunció nuevamente cuál será el aumento del salario que tendrán los empleados del sector público en Colombia. Durante este miércoles, y a través de Función Pública, anunció el incremento de los salarios de empleados que trabajan para el Estado.
Dicho incremento fue definido en la negociación del pliego, que fue presentado tanto por centrales y federaciones sindicales de los empleados públicos. En este se acordó finalmente que para 2024 el aumento salarial debe corresponder al incremento porcentual del IPC total de 2023 y certificado por el Dane, sumando además 1,6 % a ese incremento.
De acuerdo con el Decreto 0301 de 2024, los salarios para los trabajadores estatales subirán este año un 10,88 % para 2024 y estos tendrán un pago retroactivo que regirá desde el primero de enero del presente año, teniendo en cuenta que el IPC final de 2023 fue de 9,28 %.
Así quedan los salarios de empleados públicos para 2024
El mencionado decreto tendrá efectos sobre los empleados públicos que trabajen en ministerios, departamentos administrativos, superintendencias, unidades administrativas especiales, establecimientos públicos, corporaciones autónomas regionales y de desarrollo sostenible, empresas sociales del Estado, empresas industriales y comerciales del Estado, sociedades de economía mixta, entre otros.
Las asignaciones dependerán netamente del cargo que tenga el funcionario y el grado de este. Así quedan los sueldos según la tabla compartida en el decreto:
Estas asignaciones corresponden a los empleos que son de carácter permanente y de tiempo completo. La legislación dice que se pueden crear empleos de medio tiempo, los cuales serán remunerados de forma proporcional al tiempo trabajado y relacionando la asignación básica que les corresponda. Se entienden como empleos de medio tiempo a los que tienen una jornada de cuatro horas.
El aumento pactado del 10,88 % será calculado sobre la asignación básica mensual con la que contaban los empleados con corte al 31 de diciembre del año 2023.
Respecto a otras remuneraciones de cargos con mayor nivel en el Gobierno, estas serán las asignaciones correspondientes para la vigencia actual.
Ministros del despacho y directores del departamento administrativo
La legislación precisa que los ministros y directores del gabinete de Gustavo Petro ganarán este año un sueldo de 26.875.924 pesos. La suma se distribuirá de la siguiente manera:
- Asignación básica: 7.353.262 pesos
- Gastos de representación: 13.072.441 pesos
- Prima de dirección: 6.450.221 pesos
Viceministros de despacho y subdirectores del departamento administrativo
El sueldo de un viceministro o subdirector del departamento administrativo quedó para este año en 14.901.081 pesos, que también se distribuye de la siguiente forma:
- Asignación básica: 5.364.396 pesos
- Gastos de representación: 9.536.685pesos
Es preciso aclarar que el cargo de negociador internacional también percibirá este sueldo.
Experto de comisión reguladora
Para este cargo, el sueldo percibido será de 20.425.708 pesos, que se divide de la siguiente forma:
- Asignación básica: 7.353.262 pesos
- Gastos de representación: 13.072.446 pesos.
Director general de la Unidad Administrativa Especial de la Nacional de Hidrocarburos
Este cargo tendrá una asignación básica de 29.889.738 pesos para la vigencia actual. Sin embargo, estos gastos no están divididos.
Superintendente de la Superintendencia Financiera de Colombia
Para este cargo, el Gobierno precisa que el sueldo quedará en 17.336.871 pesos. Quien perciba este sueldo también tendrá derecho a percibir beneficios salariales y prestacionales señalados en el Decreto 4765 de 2005.
Superintendente de la Superintendencia de Salud de Colombia
El salario para este cargo quedó para este 2024 en una suma de 28.580.086 pesos.
Agentes escoltas de la UNP
El salario para los hombres que fungen como escoltas en la Unidad Nacional de Protección será de 2.948.278 pesos.
La legislación, además, considera algunas excepciones de funcionarios estatales a quienes no les aplica los sueldos pactados en el decreto. Entre estos se encuentran empleados públicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, que presten sus servicios desde el exterior, además de personal docente de organismos de la Rama Ejecutiva que se rijan por normas especiales.
También a empleados públicos de entidades que tienen sistemas especiales de remuneración, al personal de fuerzas militares, empleados civiles del Ministerio de Defensa Nacional, al personal de la Policía Nacional y a los empleados civiles al servicio de la entidad. Por último al personal carcelario y penitenciario del país.
Redacción R.S.