La Corporación Defensoría Militar asegura que esta facultad afecta los derechos de los miembros de la Fuerza Pública que comparecen ante esa entidad.
Juan Daniel Mora Herrera, un abogado de la Corporación Defensoría Militar, interpuso una demanda en la cual busca que “se revise el uso del llamado Juicio de Prevalencia Jurisdiccional”.Según el jurista, “con esta herramienta, se han rechazado casos ya aceptados, revocado beneficios y condicionado la permanencia de miembros de la Fuerza Pública, muchos de los cuales comparecen por obligación, no por voluntad”.
En la demanda, el abogado aseguró que “el Acto Legislativo 01 de 2017, estableció en su artículo 12 que las normas procesales de la JEP regularan, entre otros, los parámetros para evaluar si se han presentado o no incumplimientos de las condiciones del sistema (conocido como Régimen de Condicionalidad), así como la forma de graduar en cada caso las consecuencias que tales incumplimientos acarrean, dentro de los parámetros fijados en el Acuerdo Final. En este orden de ideas, los artículos 67 y siguientes de la Ley 1922 de 2018, consagraron el incidente de incumplimiento como único mecanismo procesal idóneo para realizar el seguimiento al régimen de condicionalidad”.
A juicio del demandante, era el Congreso el que debía establecer esas competencias, pues ha sido la misma JEP la que ha introducido “el Juicio de Prevalencia Jurisdiccional, como un mecanismo o herramienta de seguimiento al Régimen de Condicionalidad distinto al Incidente de Incumplimiento”.
El abogado criticó en su demanda que “la JEP, en virtud del mencionado Juicio de Prevalencia Jurisdiccional, ha concebido el aporte a la verdad como un nuevo factor de competencia no previsto en el Acto Legislativo 01 de 2017, al condicionar el sometimiento de los miembros de la Fuerza Pública a la realización de aportes tempranos a la verdad. El mencionado Juicio de Prevalencia Jurisdiccional es una herramienta o mecanismo de seguimiento al Régimen de Condicionalidad”.
