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Corte Suprema ordenó la libertad de Iván Name y Andrés Calle por vencimiento de términos en el caso de la UNGRD

Los expresidentes del Congreso terminaron en la cárcel por el escándalo de corrupción de la UNGRD.


Iván Name y Andrés Calle, los expresidentes del Congreso que terminaron en la cárcel por el escándalo de la UNGRD, recobraron su libertad por decisión de la Corte Suprema de Justicia.

Los magistrados de la Sala de Primera Instancia les concedieron la libertad provisional por vencimiento de términos a los excongresistas este 9 de octubre, después de verificar que estuvieron detenidos durante 12 meses desde que inició la acusación sin que se haya realizado la audiencia de juzgamiento.


Ese caso estuvo a cargo del magistrado Jorge Emilio Caldas, pero después de que culminó su periodo en la Corte Suprema de Justicia, el proceso quedó en manos de Socorro Mora Insuasty, la nueva togada que llegó a ese despacho de la Sala Especial de Primera Instancia.

En la decisión se detalló que en estos momentos se adelanta la práctica de pruebas en favor de la defensa y de la Procuraduría, pero, ante la falta de instalación de la etapa de juzgamiento, no hallaron ninguna causal que impidiera concederles la libertad a los excongresistas.


Los expresidentes del Congreso terminaron en la cárcel La Picota, en el sur de Bogotá, después de que la Policía los capturó por su presunta participación en el escándalo de corrupción de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD).

Las órdenes de captura salieron después de que Olmedo López y Sneyder Pinilla, exdirectivos de esa entidad, los acusaron de supuestamente haber recibido 4.000 millones de pesos del contrato de los carrotanques para La Guajira, a cambio de que apoyaran las reformas del gobierno Petro.

Desde la Corte explicaron que la falta de instalación de la audiencia de juzgamiento no fue un asunto de “negligencia” de la Sala, sino que durante ese tiempo se han recibido múltiples declaraciones —12 testigos— y se han llevado a cabo varias diligencias para recoger pruebas documentales.


Esas diligencias, según el alto tribunal, se realizaron por parte de la defensa de los procesados, sin que se evidenciara la “utilización de maniobras dilatorias” que hubiesen impedido en algún momento la práctica de pruebas dentro del caso.

Esos argumentos sustentaron la decisión de otorgar la libertad a Name y Calle, ordenar la expedición de sus boletas de salida de La Picota —previa verificación de que no son requeridos por otra autoridad— e imponerles el pago de una caución de 10 salarios mínimos legales a cada uno para garantizar que comparezcan en el proceso penal.

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