Héctor Riveros, abogado demandante, advirtió que esa entidad estaba incurriendo en abusos.
La Corte Constitucional tomó una trascendental decisión este jueves frente a las facultades especiales que tiene la Superintendencia de Sociedades.
En la decisión se fijó un límite de esta superintendencia para remover a los administradores de sociedades comerciales sometidas a control.
En simples palabras, se le pone una limitación a la denominada figura de «agente interventor» que estaba siendo utilizada en la mayoría de los procesos a las empresas.
En el debate jurídico se determinó que existía una contradicción en la norma que le permitía a la Superintendencia de Sociedades ordenar la remoción y designar el reemplazo de los administradores, revisor fiscal y/o empleados de una sociedad comercial sometida a control, por incumplimiento de las órdenes de la entidad o de los deberes previstos en la ley o en los estatutos.